“Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético en condiciones laborales dignas y justas y por
la salud de los colombianos”.

Artículo 3º. Estatutos. Capítulo I

Órgano asesor y consultivo del Estado en materia de salud pública desde 1935 (Ley 67 de 1935 y Ley 23 de 1981).

Bogotá, 27 de febrero de 2023. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público se permite informar a la opinión pública que:

El siguiente cuadro muestra las cifras de costeo del Proyecto de Reforma a la Salud radicado hace dos semanas ante el Congreso de la República.

Estas cifras fueron concertadas por los Ministerios de Salud y Protección Social y de Hacienda y Crédito Público. Fueron dadas a conocer por el señor Presidente de la República, Gustavo Petro, a través de su cuenta de Twitter (@petrogustavo).

En este momento, las dos carteras continúan trabajando de forma conjunta en escenarios que, por supuesto, estarán ajustados a los compromisos con la consolidación fiscal, el ajuste de las cuentas externas y la estabilidad macroeconómica.

El documento que circuló en diversos medios de comunicación fue un insumo previo a la radicación de la reforma. Dicho reporte preliminar contiene información del Ministerio de Salud y Protección Social; sin embargo, no contiene las revisiones que han realizado los equipos técnicos de las dos carteras en los últimos días.

A medida que avance la discusión del proyecto, los Ministerios de Salud y Protección Social y de Hacienda y Crédito Público actualizarán los cálculos de la Reforma.