“Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético en condiciones laborales dignas y justas y por
la salud de los colombianos”.

Artículo 3º. Estatutos. Capítulo I

Órgano asesor y consultivo del Estado en materia de salud pública desde 1935 (Ley 67 de 1935 y Ley 23 de 1981).

Este documento ofrece una visión general de la propuesta de creación del Tribunal Popular de Salud sobre las violaciones del derecho a la salud cometidas por empresas transnacionales, y orientará la elaboración de una hoja de ruta más detallada para hacer realidad, asegurar y garantizar el derecho universal a la salud frente a las violaciones cometidas por empresas transnacionales.

El Tribunal propuesto ha sido aprobado en principio por el Consejo Directivo del Movimiento para la Salud de los Pueblos, pero su aplicación requerirá el entusiasmo y la energía de los círculos nacionales y grupos temáticos del Movimiento para la Salud de los Pueblos y de un amplio abanico de socios y partidarios de la sociedad civil.

El Tribunal Popular de Salud se presentará públicamente en la quinta Asamblea por la Salud de los Pueblos (ASP5) que se celebrará en Colombia la primera semana de diciembre de 2023.

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