“Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético en condiciones laborales dignas y justas y por
la salud de los colombianos”.

Artículo 3º. Estatutos. Capítulo I

Órgano asesor y consultivo del Estado en materia de salud pública desde 1935 (Ley 67 de 1935 y Ley 23 de 1981).

Varias personas en el área metropolitana de Bucaramanga, especialmente talento humano en salud, han denunciado presuntas irregularidades con sus procesos de contratación.

egún lo afirmado, las entidades les exigen para la firma del contrato que estén vacunadas contra el Coronavirus, o que por lo menos cuenten con la primera dosis aplicada.

Frente a esta situación, Vanguardia habló con Gladymar Díaz, coordinadora del Plan Departamental de Vacunación contra el COVID-19, quien aclaró que “una empresa no puede tener dentro de su proceso de contratación la exigencia de contar con la vacuna contra el COVID-19”.

En ese caso, “el proceso deberá realizarse por parte de la empresa. Es decir, luego de hacer la respectiva contratación, procede inmediatamente a realizar el cargue y validación de la persona en las plataformas respectivas para que pueda ser priorizado y de esta forma pueda acceder a la vacuna”, puntualizó la funcionaria.

Cabe destacar que la vacuna hace parte del monopolio del Gobierno Nacional; por ende, en ninguna parte del país se puede acceder a esta si no se está priorizado en algunas de las etapas.

Como se recordará, el talento humano en salud fue priorizado en la etapa 1 y 2 del Plan Nacional de Vacunación. Aunque ya se inició con la etapa 4, los entes territoriales están en la obligación de garantizar el biológico a todas las personas que se encuentren priorizadas en las etapas anteriores, según decreto 630 de 2021.

De acuerdo con la resolución 551 de 2021, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, el cargue de los registros de la información del talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el Registro Especial de Prestadores de Salud, REPS, y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID -19, está habilitado de manera permanente.

En ese sentido, los responsables del reporte de la información puede insertar, actualizar y eliminar registros de acuerdo con las necesidades de información del personal señalado anteriormente.

Según cifras del MinSalud, más de 121 mil dosis fueron asignadas a Santander para el talento humano en salud, que en Colombia supera los 2,3 millones de dosis.

Foto: Archivo / VANGUARDIA
Por:  Ingrid Paola Albis Pérez
Tomado de: Vanguardia.com