“Velamos por la profesión médica, por su ejercicio ético en condiciones laborales dignas y justas y por
la salud de los colombianos”.

Artículo 3º. Estatutos. Capítulo I

Órgano asesor y consultivo del Estado en materia de salud pública desde 1935 (Ley 67 de 1935 y Ley 23 de 1981).

Conozca las claves de la ley de residencias médicas. ¿A quiénes cobija y cuánto les pagarán?

Después de que los galenos que cursan algún posgrado lo pidieran durante años, a partir de este mes se les empezarán a pagar, por primera vez en el país, a 5.000 médicos residentes.

Con esta iniciativa, impulsada por la representante Sara Piedrahita Lyons, los estudiantes de medicina contarán con un contrato especial por la práctica formativa, afiliación y cotización del sistema de seguridad social.

¿Para quiénes aplica?

Este beneficio aplica solo para las primeras especialidades. “Aquellas que no requieren un título previo de otra especialización médico quirúrgica para ser admitido”. Por ejemplo: pediatría, ginecología, dermatología, ortopedia, urología, entre otras.

Cuánto les pagarán?

El pago será de tres salarios mínimos legales vigente. Es decir, aproximadamente, $ 2’650.000.

¿Quién le pagará a los residentes?

La encargada será la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), que le pagará directamente a los residentes beneficiados, en sus cuentas bancarias.

¿Los residentes se deben inscribir en alguna plataforma?

No, las universidades serán las responsables de realizar el trámite y reportarlo al Ministerio de Salud.

¿La ley cobija a los residentes extranjeros que estén en el país?

Sí. La ley cobija a los residentes extranjeros de primeras especialidades médico- quirúgicas que estén matriculados en el país.

Qué pasará con la beca crédito?

Esta se acaba y quienes estén inscritos serán trasladados al Sistema Nacional de Residencias Médicas.

Por: LUISA MERCADO
TOMADO DE: Eltiempo.com